La reciente sentencia del Tribunal Supremo respecto al impuesto sobre hidrocarburos marca un hito clave en el ámbito tributario español, al abrir la posibilidad de que los contribuyentes puedan reclamar la devolución de cantidades pagadas indebidamente.
Este fallo surge a raíz de la aplicación de tipos impositivos autonómicos entre los años 2013 y 2018, que, según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), vulneraban el derecho europeo al establecer diferencias impositivas según la ubicación.
Puntos clave de la sentencia:
1. Devolución de importes:
Los contribuyentes podrán solicitar la devolución de las cuotas ingresadas por este impuesto, siempre que no haya habido una repercusión directa a consumidores. Esto beneficia a empresas y profesionales que pagaron el tributo, aunque el consumidor final no tiene derecho directo a reclamar lo que pagó en productos encarecidos por este impuesto, ya que el Tribunal ha determinado que la «traslación» del impuesto a través del precio no les otorga este derecho.
2. Responsabilidad autonómica:
Las comunidades autónomas, que recaudaron los impuestos, serán las responsables de gestionar las devoluciones, a pesar de no haber sido las destinatarias finales de los ingresos. Esto supondrá un reto administrativo y financiero para dichas entidades.
3. Retroacción de actuaciones:
La sentencia exige revisar los casos con detalle, evaluando la prescripción, el importe exacto a devolver y si ha habido traslación del impuesto. También establece que no es responsabilidad del contribuyente demostrar que no trasladó el coste a terceros.
Implicaciones:
- Impacto en los presupuestos autonómicos: La posible oleada de solicitudes de devolución podría afectar los presupuestos de varias comunidades, que deberán gestionar de manera eficiente el proceso para evitar problemas logísticos.
- Posible revisión fiscal: La sentencia también podría desencadenar una revisión más amplia de la legislación fiscal en España, con el fin de alinear las normativas impositivas locales con las exigencias del derecho europeo y evitar futuros conflictos legales.
Este fallo no solo abre la puerta a las devoluciones, sino que también refleja la tensión entre las normativas nacionales y las europeas, poniendo en cuestión la capacidad de las comunidades autónomas para establecer sus propios impuestos dentro del marco comunitario.
Desde AGEMES CONSULTORES quedamos a su entera disposición para aclarar cualquier cuestión al respecto (info@agemes.es).
Alberto Diez Gutiérrez
Socio responsable de Impuestos Especiales